Actualidad Municipal

Los comercios autorizados podrán abrir el 9 y 10 de abril

La Junta de Andalucía ha publicado una Orden por la que podrán permanecer abiertos al público durante los próximos días 9 y 10 de abril, Jueves y Viernes Santo, los establecimientos comerciales minoristas de alimentación y productos y bienes de primera necesidad, autorizados para su apertura dentro de las medidas adoptadas por el gobierno de la nación por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En todo caso, los establecimientos comerciales minoristas de alimentación y productos y bienes de primera necesidad habilitados que no tengan libertad horaria de acuerdo con lo dispuesto en artículo 20 del Decreto legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio Interior de Andalucía, permanecerán cerrados al público los domingos y festivos no autorizados, a excepción de los servicios de entrega a domicilio o de recogida de la compra en las zonas habilitadas para ello, siempre que se hayan realizado utilizando medios electrónicos y observando las medidas necesarias de salud e higiene entre empleado y cliente.

Además, la Orden estipula que quedan suspendidos los efectos de las resoluciones por las que se declaran zonas de gran afluencia turística respecto a horarios comerciales, durante el periodo de vigencia del estado de alarma, en aplicación del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística.